1. El patrimonio de M4C será invertido en la forma más adecuada para el cumplimiento de la misión, visión y fines de ésta.
2. La Asamblea General y Junta Directiva, podrá en todo momento, y cuantas veces sea preciso, a tenor de lo que aconsejen las coyunturas económicas, y conforme a lo previsto en la legislación vigente, efectuar las modificaciones que estime necesarias o convenientes en las inversiones del patrimonio de M4C.
3. La Asamblea General y Junta Directiva aprobarán las políticas de inversiones de los recursos financieros, las cuales guardarán criterios de prudencia financiera.
4. Las cuentas corrientes y las libretas de ahorros abiertas en establecimientos de crédito autorizados figurarán a nombre de M4C y se gestionarán de forma solidaria por el Presidente y el Tesorero. Esta facultad podrá ser delegada en aquellos miembros del Área Ejecutiva que hayan sido debidamente apoderados para ello por la Junta Directiva.