1. La Junta Directiva rige, gestiona, administra y representa a M4C con carácter ordinario en el desarrollo de sus actividades, según las competencias que se le asignan en el Artículo 34 de estos Estatutos.
2. Es responsable de elaborar las estrategias, programas, planes y políticas de M4C.
3. Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán sus cargos lealmente en defensa del interés de M4C, su visión, misión, fines, valores, principios de actuación y cumplirán los deberes impuestos por las Leyes, estos Estatutos y el Reglamento Interno.
4. La Junta Directiva está compuesta por asociados, en un número no inferior a tres (obligatoriamente deberá haber un Presidente, Vicepresidente y Secretario) y no superior a catorce. De entre sus miembros se elegirá a:
- Un Presidente.
- Hasta 3 Vicepresidentes, por orden de prelación: Ejecutivo, Primero y Segundo.
- Un Secretario y Vicesecretario.
- Un Tesorero y Vicetesorero.
- El Director General del Área Ejecutiva, en caso de existir este cargo.
- Hasta 3 vocales.
- Un Presidente y Vicepresidente de Honor (con voz pero no derecho a voto).
5. La pertenencia del Director General a la Junta Directiva está asociada a su condición como cargo del Área Ejecutiva, ostentando la condición de miembro, en tanto en cuento ostente el cargo de Director General del Área Ejecutiva.
6. Adicionalmente podrán formar parte de la Junta Directiva, un Presidente y Vicepresidente de Honor, designados por la Asamblea General, por la especial significación de los mismos en la defensa de los fines de M4C, con funciones exclusivamente de representación honorífica, es decir, tendrán voz pero no voto en el seno dela Junta. Los miembros salientes de la Junta Directiva podrán ostentar el cargo de Asociados Honoríficos, según se regula en el Reglamento Interno y lo apruebe la Asamblea General.
7. La primera Junta Directiva será designada en la escritura de constitución.